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¿Qué gastos de empresa pueden ser deducibles?

 

Si gestionas una empresa y quieres saber cuáles son los gastos que puedes deducir te recomendamos este post de nuestro blog, aunque podemos informarte mejor si nos llamas o te acercas a conocernos.

En nuestra gestoría fiscal en Santander nos ocuparemos de tu caso.

 

No te expongas a inspecciones de Hacienda y sanciones por no asesorarte bien en un asunto tan delicado como éste: muchos empresarios y gestores abusan de los gastos de empresa y esto atrae la atención del Fisco, que puede reclamarnos la justificación de cualquier gasto dudoso y multarnos en consecuencia.

 

De acuerdo a la Ley del Impuesto de Sociedades, los gastos que pueden considerarse como deducibles son los que resultan imprescindibles para la actividad empresarial. Esto significa que todos esos otros gastos que no entren de los pagos necesarios para que la empresa desarrolle su actividad no podrán deducirse y, por tanto, no podremos pagar menos impuestos por ellos al hacerlos constar para Hacienda.

 

Gastos inevitables para la actividad de la empresa

 

  • Todo tipo de gastos que suponga el desplazamiento de una de las personas de la empresa, siempre que este itinerario esté claramente justificado y se relacione directamente con la actividad de la empresa. Por ejemplo, no podrán ser deducido un viaje a la playa que tiene lugar un domingo por la mañana si la empresa lleva a cabo su actividad en un horario habitual, de lunes a viernes, y no se justifica de ninguna manera ese desplazamiento.

 

  • En caso de gastos de viaje, la persona encargada deberá rellenar un documento oficial en el que se reflejen los gastos del desplazamiento en forma de dietas, repostaje del vehículo utilizado, billetes de autobús, avión, etc. Y las diferentes facturas que se puedan presentar, demostrativas del viaje y sus circunstancias concretas.

 

  • En el caso de deducir los gastos de los vehículos se incluirán todos los gastos relacionados: mantenimiento habitual, seguros, impuestos, repostaje, etc.).

 

Otros gastos de empresa deducibles

 

  • Los gastos de cánones y arrendamientos: alquiler, cánones, asistencia técnica profesional, gastos de arrendamiento financiero, etc.

 

  • Pagos a profesionales como abogados, técnicos que necesitemos para la actividad, gastos de notarios, informáticos, etc.

 

  • Cuota de nuestra asociación empresarial.

 

  • Compra de libros y asistencia a eventos que se puedan demostrar como relacionados al 100% con la actividad.

 

  • Gastos de local, nave industrial u oficina.

 

  • Gastos de vestuario, eso sí, siempre y cuando el vestuario muestre el logotipo o icono del negocio.

 

Y éstos son, básicamente, los principales gastos deducibles cuyos impuestos puedes ahorrarte. E insistimos en que hay que tener cuidado, porque con este aspecto de los gastos deducibles es muy fácil atraer demasiado la atención de Hacienda y potenciales sanciones. Por esto debemos asegurarnos de que tenemos todas las facturas de cualquiera de estos gastos deducibles y ligar, de forma muy clara, esos gastos con los motivos empresariales de los mismos. Justificar siempre que están completamente vinculados con la actividad.

 

Infórmate bien con nosotros sobre los delicados aspectos de todo este tema de los gastos en nuestra gestoría fiscal en Santander. Llámanos y te aportaremos toda la información fiscal que necesites, siempre actualizada, y nos ocuparemos de todo por ti. Solicítanos presupuesto sin compromiso.

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