- admin
- Ene 10, 2019
- Autónomos, Gestoría, Legal, Sociedades
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Las medidas políticas que se están sacando adelante desde hace un tiempo, en el campo de los concursos de acreedores y las empresas en situación de insolvencia, no están facilitando mucho que dichas organizaciones se puedan recuperar y que sus acreedores sean capaces de cobrar sus créditos pendientes.
La problemática actual de la moratoria de los concursos de acreedores en Cantabria
Una situación que se resume en el hecho de que, en la actualidad, debido a una moratoria impulsada por los políticos, las empresas en insolvencia no están obligadas a presentar su solicitud de concurso de acreedores. Y aunque a priori podría parecer una medida acertada, desde nuestro punto de vista, no es tan positiva. Para empezar, porque empresas que sí son viables se debilitan cada día que pasa, en tanto no son capaces de cobrar sus deudas de esas potenciales empresas concursadas.
Proliferación de empresas zombis en toda España
Una moratoria que también está derivando en la proliferación de empresas que pese a ser inviables se mantienen “vivas” en el mercado y consumen recursos que dejan de estar a disposición de otras empresas. Ésas que sí son viables y deberían sobrevivir, pero a las cuales no estamos ayudando con las medidas correctas, por lo menos, en cuanto a los concursos de acreedores se refiere.
La alternativa es un escenario con innecesaria proliferación de empresas zombis en toda España, con agravamiento de deudas y más insolvencias que acabarán sin remedio en liquidación.
La reforma concursal pendiente frente a la moratoria concursal actual
Actualmente, como decíamos, está vigente una moratoria concursal que se amplió hasta el 31 de diciembre de 2021. Con ella, quedó en suspenso el deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores. Y sólo a partir de esta fecha se iniciará el cómputo del plazo legal de dos meses para solicitar la declaración de concurso, que da comienzo una vez que el potencial concursado debiera ser consciente de la situación de insolvencia actual o inminente en que se encuentra.
Una moratoria concursal que acabaría en dicha fecha, claro está, si no se procede desde el Gobierno una nueva ampliación. Un hipotético nuevo aplazamiento de esta obligación de solicitar el concurso de acreedores que sería tan perjudicial como los anteriores, en mi opinión, puesto que al final no beneficia a nadie.
La moratoria concursal en Cantabria: una receta que perjudica la recuperación económica
Desde nuestra forma de verlo, como abogados concursales en Cantabria con muchos años de experiencia, pienso que estas moratorias lo único que producen es más inseguridad en un tiempo de incertidumbre. Porque se está incentivando a los potenciales cursados a continuar por una deriva que no es positiva para nadie. No para el resto del tejido empresarial y financiero, ya muy tocado por la presente crisis, y que puede ver más afectado por estas entidades endeudadas. Y tampoco para los propios endeudados, cuya responsabilidad en el posible agravamiento de su situación de deuda no se ve amparada por ninguna moratoria.
¿Qué quiere decir esto? La economía, como todo el mundo sabe, es un sistema en el que todos estamos vinculado y es muy fácil, por tanto, que en una situación como la actual se pueda producir un efecto dominó. Una crisis que primero ha empezado afectando, sobre todo, a los sectores con más trato al público y en particular al turístico y hostelero, pero que rápidamente ha extendido sus daños a otro tipo de empresas. Pues bien, lo mismo sucede con la actualidad de nuestros concursos de acreedores: si dejamos que esas empresas en dificultades continúen ejerciendo su actividad fuera de control, sin considerar que el procedimiento concursal es una ayuda para ellos, las posibilidades de que dichas empresas agraven por sí mismas su situación son muy altas.
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Es más. Al seguir operando con altas probabilidades de seguir asumiendo deudas, no solo se pone aún más en compromiso su capacidad de pagar a los anteriores deudores, sino que además se contraen nuevos compromisos igualmente difíciles de satisfacer. Como se suele decir popularmente, en pocas palabras, se podría estar haciendo el agujero más grande. Y la responsabilidad última recaería con muchas posibilidades en el potencial concursado, que por su actitud frente al problema podría ser responsabilizado en una calificación de concurso culpable. Pues sus decisiones habrían perjudicado a otras personas y entidades y, entre otras cosas, no se habría acogido a tiempo al procedimiento del concurso de acreedores.
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