Hablamos con una empresa de reparación de filtraciones de humedades en Guadalajara. La Justicia obliga a una comunidad de propietarios a reparar una terraza que provoca filtraciones en un garaje. El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Guadalajara ha dictado una sentencia que responsabiliza a una comunidad de propietarios de los daños causados por las filtraciones de agua en una plaza de garaje, procedentes de una terraza comunitaria de uso privativo situada sobre ella. El fallo judicial obliga a la comunidad a ejecutar las obras de impermeabilización necesarias y a indemnizar al propietario afectado con casi 500 euros por los desperfectos ocasionados.

Filtraciones continuas en el techo del garaje por humedades en Guadalajara
El origen del conflicto se remonta a las filtraciones de agua que, durante episodios de lluvia, aparecían de forma recurrente en el techo de una de las plazas de garaje del edificio. Los informes periciales determinaron que el problema procedía del deterioro de la lámina impermeabilizadora de la terraza-patio superior, perteneciente a una vivienda con uso privativo del espacio, pero considerada un elemento común del inmueble.
Pese a las evidencias, ni la comunidad de propietarios ni su compañía aseguradora quisieron asumir la reparación. Ante esa negativa, el propietario afectado interpuso una demanda judicial reclamando la reparación de la cubierta y una compensación por los daños sufridos.
La comunidad culpó a los dueños del piso superior
En su defensa, la comunidad argumentó que la responsabilidad recaía sobre los propietarios del piso superior, ya que habían realizado obras de ampliación de la vivienda en la terraza, sin autorización comunitaria. Según alegaron, esas obras habían tapado el sumidero original y lo habían sustituido por uno nuevo de tipo lineal, lo que —a su juicio— alteró el correcto drenaje del agua y provocó las filtraciones.
La comunidad insistió en que el siniestro era consecuencia directa de esa intervención particular, motivo por el cual rechazó el pago de las reparaciones tanto en el ámbito interno como a través de su aseguradora.
El juez da la razón al propietario del garaje
El juzgado, sin embargo, no aceptó los argumentos de la comunidad. Tras analizar las pruebas, concluyó que la terraza actúa como cubierta del garaje, por lo que debe considerarse elemento común del edificio. En consecuencia, la responsabilidad del mantenimiento y conservación recae en la comunidad de propietarios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal.
El magistrado reconoció que existió una modificación estructural de la terraza por la ampliación de la vivienda, pero destacó que no consta ningún documento en el que la comunidad haya exigido a los propietarios la restitución de la zona o haya presentado reclamaciones ante el Ayuntamiento.
Tampoco se ha demostrado la fecha exacta de las obras, ni que las mismas causaran directamente las filtraciones o comprometieran la seguridad del edificio.
Sin pruebas ni oposición formal de la comunidad
La sentencia subraya que la comunidad no puede eludir su responsabilidad cuando no ha actuado diligentemente frente a unas obras que, aunque se realizaron sin permiso formal, no fueron impugnadas ni objeto de requerimiento alguno durante años.
En palabras del juzgado:
“Al no constar actuaciones ni acuerdos comunitarios frente a los propietarios ni haberse probado un uso inadecuado de la terraza, no procede eximir a la comunidad de su obligación de conservación”.
De este modo, el tribunal entiende que la falta de actuación por parte de la comunidad supone tolerancia tácita respecto a las modificaciones realizadas y, por tanto, no puede ahora alegar desconocimiento ni trasladar la responsabilidad a terceros.

Condena: reparación e indemnización por las humedades en una terraza en Guadalajara
El fallo condena a la comunidad de propietarios a reparar la terraza en la zona afectada, con un presupuesto valorado en 1.500 euros, que incluye picado del solado, recrecido de morteros, sustitución de láminas impermeabilizantes y posterior recolocación del pavimento.
Además, la comunidad y su aseguradora deberán indemnizar solidariamente al propietario del garaje con 487 euros, más los intereses legales correspondientes por los daños ocasionados en su plaza.
Un recordatorio sobre la conservación de los elementos comunes
El caso pone de relieve la importancia de que las comunidades de propietarios mantengan en buen estado los elementos comunes, incluso cuando estos se encuentran asignados en uso exclusivo a un vecino. Aunque el disfrute sea privativo, la titularidad y conservación corresponden al conjunto de los propietarios, tal como establece la normativa de propiedad horizontal.
Asimismo, la resolución recalca que, cuando se detecten obras no autorizadas en elementos comunes, la comunidad debe actuar formalmente y con prontitud, interponiendo las reclamaciones o denuncias necesarias para no asumir responsabilidades futuras por omisión.
Empresa de reparación de humedades en Guadalajara
En síntesis, la responsabilidad por las filtraciones corresponde a la comunidad de propietarios, al tratarse de un elemento estructural del edificio.
La inacción frente a las modificaciones realizadas en el pasado, unida a la falta de pruebas que demuestren la culpa de los propietarios del piso superior, lleva al juzgado a dictaminar que la comunidad debe asumir la reparación y compensar los daños, cumpliendo así su deber legal de conservación y mantenimiento del inmueble.
